Impuesto sobre ganancias de capital Sotogrande España 2021

Impuesto sobre ganancias de capital al vender su vivienda en Sotogrande en España.

España no es una excepción… El impuesto a las ganancias de capital (IGC) se aplica a acciones, propiedades (terrenos, apartamentos y villas) bonos del gobierno y cualquier otro activo e inversión una vez que venda, y por supuesto siempre que tenga un lucro.

Existe una diferencia en la tasa del impuesto, dependiendo si eres residente fiscal en España. Por favor vea la table debajo:


CONDICIÓN GANANCIA REALIZADA IMPUESTO GANANCIA CAPITAL (IGC)
Residente Fiscal en España 6.000 € 19%
Residente Fiscal en España 6.000 € to 50.000 € 21%
Residente Fiscal en España  > 50.000 € 23%
Residente de la UE (Fuera de España) Tasa Fija 19%
Residente fuera de la Unión Europea Tasa Fija 24%

 

  •  Para los residentes fiscales en España, el impuesto sobre las ganancias de capital (IGC)) comienza en el 19% sobre los primeros 6.000 € de beneficio obtenido, el 21% entre 6.000 € y 50.000 € y el 23% IGC)  para cualquier beneficio superior a 50.000 €.
  • Para los no residentes en España pagan un 19% fijo si son residentes de un país de la UE.
  • Para no residentes de fuera de la UE la tasa es del 24%.

El impuesto sobre las ganancias de capital se basa en el precio de compra expresado en la escritura de propiedad, incluido el IVA, las tarifas del registro de la propiedad, las tarifas del notario, el impuesto de transmisión y las tarifas legales. Estos montos se deducen del precio de venta final, menos los costos incurridos durante la venta, incluidos los honorarios legales y los honorarios de la agencia.

Hay dos excepciones principales. Residencia principal y edad (mayores de 65 años).

Si tiene más de 65 años, el IGC no se le aplica; sin embargo, debe haber vivido en la propiedad durante tres años o más para no calificar para la IGC.

También está legalmente exento de pagar el impuesto sobre las ganancias de capital si del producto de la venta de la propiedad compra otra casa que es su única y principal residencia. Ambas propiedades, la que vendes y la que compras DEBEN ser tu residencia habitual. Esta exención se aplica tanto a los residentes fiscales en España como a los no residentes fiscales siempre que el residente no fiscal sea residente de cualquier país de la Unión Europea que tenga un acuerdo fiscal con España. También es importante que debe reinvertir el producto de la venta dentro de un período de dos años.

Descargo de responsabilidad: tenga en cuenta que el material contenido en este blog es solo para fines informativos y no constituye ni implica un sustituto del asesoramiento financiero, legal o fiscal profesional. Esta información es de naturaleza general y no ha tenido en cuenta sus circunstancias personales específicas. Se recomienda encarecidamente que obtenga asesoramiento profesional de profesiones calificadas reguladas y / o registradas: asesores financieros, contables, abogados.

Gracias por vuestra atención, Charles Gubbins. 

Charles Gubbins.
✉ charles.gubbins@noll-sotogrande.com
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por Marketing Dpt. - Noll Sotogrande | enero 2022